Saturday, October 13, 2018

Naturaleza Jurídica de las Entidades Federativas

Los Estados que comprenden la República Mexicana están unidos voluntariamente bajo un Pacto Federal, son independientes y autónomos en cuanto a su régimen interior (poseen una Constitución Política y sus propias leyes), sin embargo están sujetos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los Tratados Internacionales que ha firmado el país, por lo tanto, su constitución y leyes no deben contravenir la Carta Magna ni los Tratados Internacionales.


Lo anterior está establecido en el Título Segundo, Capítulo I De la soberanía y de la Forma de Gobierno, Artículos 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dice tal cual:


Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.


Lo anterior muestra claramente que cada una de las entidades federativas que comprenden la República Mexicana, está sujeta al Pacto Federal en el cual se determina la voluntad del pueblo mexicano para constituirse como como una República representativa, democrática, laica y federal unidas en una Federación.

Esto se puede ejemplificar en la Constitución Política del Estado de Campeche.
CAPÍTULO VII. DE LA SOBERANÍA DEL ESTADO
Artículo 23.- El Estado de Campeche es libre y soberano en todo lo que concierne a su régimen interior, sin más restricciones que las que establece la Constitución General de la República.
Artículo 24.- La soberanía del Estado reside esencial y originariamente en el pueblo campechano, que la ejerce por medio del poder público que dimana del mismo pueblo y se instituye para beneficio de éste en los términos que establece esta Constitución.
Capítulo VIII DE LA FORMA DE GOBIERNO
Artículo 25. El Estado adopta para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico como lo previene el Pacto Federal.
Ahora bien, tal como lo establece la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el poder público en la entidad se establece siguiendo la figura de la división de poderes tal como lo señala el artículo 26 de la Constitución Política del Estado de Campeche.
CAPÍTULO IX. DEL PODER PÚBLICO
Artículo 26.- El Poder Público del Estado se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Habiendo revisado lo anterior se puede concluir que el Pacto Federal está constituido en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene naturaleza voluntaria y establece que a pesar de que los Estados son Libres y Soberanos en todo lo concerniente en su régimen interior, de ni una manera pueden contravenir a la Carta Magna.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN (2017). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: DOF. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE (2017). Constitución Política del Estado de Campeche. Recuperado de: http://legislacion.congresocam.gob.mx/images/legislacion/leyes_fundamentales/Constitucion_Politica_del_Estado_de_Camp.pdf





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